jueves, 5 de marzo de 2009

Respuestas a las preguntas de examen.

1. En relación a la negociación colectiva marque la repuesta correcta, sabiendo que solo una de ellas puede serlo:


1-Los convenios colectivos extraestatutarios tienen:

a) eficacia normativa
b) eficacia contractual
c) eficacia real
d) eficacia contractual y real

2- Los convenios colectivos extraestatutarios son:

a) los que cumplen todos los requisitos exigidos por el Estatuto de los Trabajadores
b) los que tienen fuerza normativa
c) los que tienen eficacia personal limitada
d) los que tienen eficacia erga-omnes

3.- El Tribunal Supremo afirma que:

a) un sujeto puede solicitar individualmente al empresario o al sindicato que desea vincularse a un convenio extraestatutario aunque no este afiliado
b) un sujeto no puede solicitar individualmente al empresario o al sindicato que desea vincularse a un convenio extraestatutario.
c) un sujeto siempre puede solicitar individualmente al empresario o al sindicato que desea vincularse a un convenio estatutario.
d) un sujeto puede solicitar individualmente al empresario o al sindicato que desea vincularse a un convenio estatutario aunque no este afiliado

4.-En cuanto al principio de modernidad:

a) los convenios colectivos estatutarios no se rigen por este principio.
b) los convenios colectivos extraestatutarios se rigen por este principio.
c) En los convenios colectivos extraestatutarios para eliminar una cláusula o modificarla solo se podrá hacer de mutuo acuerdo por ambas partes.
d) En los convenios colectivos extraestatutarios para eliminar una cláusula o modificarla solo se podrá hacer de mutuo acuerdo por ambas partes y excepcionalmente de manera unilateral por el procedimiento de modificación sustancial de condiciones de trabajo.

5.-En cuanto al principio de publicidad:

a) tanto los convenios colectivos estatutarios como los convenios colectivos extraestatutarios se rigen por dicho principio
b) solo los convenios colectivos estatutarios se rigen por este principio
c) solo los convenios colectivos extraestatutarios se rigen por este principio
d) ninguno de los dos tipos de convenios se rigen por dicho principio




6.-En cuanto a la exigibilidad judicial:

a) Los convenios colectivos estatutarios solo se pueden recurrir por el recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
b) Los convenios extraestatutarios se pueden recurrir solo por el recurso de duplicación ante el Tribunal Superior de Justicia
c) Solo los convenios colectivos estatutarios se pueden recurrir por el recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia y el recurso de casación ante el Tribunal Supremo
d) Ambos son convenios y no se podrían recurrir por ninguno de estos dos recursos extraordinarios


Respuestas correctas:

1.-d
2.-c
3.-d
4.-d
5.-b
6.-c


2. La Constitución Española de 1978 contiene la cláusula del Estado Social en su Art. 1.1, ¿Cuál es el contenido de esta cláusula? ¿Qué implicaciones tiene?


La inclusión en la Constitución del adjetivo “social” implica la decisión de un rechazo a un Estado neutral frente a las cuestiones sociales, imponiendo a su vez a los poderes públicos el desarrollo del objetivo de la función social. Asimismo, esta cláusula dota al trabajo de un valor constitucional: se crea el derecho y el deber de trabajar.

El contenido material de esta cláusula es:

- Compromiso del Estado de favorecer la igualdad mediante la superación de las diferencias sociales. Partiendo de la igualdad como uno de los valores superiores del ordenamiento, el Estado está obligado a dictar normas que permitan superar las desigualdades. El Tribunal Constitucional ha señalado que existe una asimetría entre empresario y trabajador que viene a justificar un trato favorable al trabajador en la legislación laboral.

- Intervención estatal para alcanzar un cierto estado de bienestar: para alcanzar el Estado Social, el Estado está obligado a desarrollar actuaciones económicas que permitan una redistribución de acuerdo a las reglas de igualdad material. el Estado no es sólo un garante de las libertades sino que ha de responsabilizarse de los objetivos del Estado de bienestar. El primero de ellos es el mantenimiento de un estándar de vida, de manera que deben cubrirse, al menos, las necesidades más básicas. Esto también deriva en:

- El mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social: la construcción de un sistema público de aseguramiento y prestaciones es característico del Estado Social. La jurisprudencia constitucional ha configurado esta institución como una “función del Estado”, un derecho de configuración legal llamado a proteger situaciones o estados de necesidad, dentro de una tendencia a la universalización de las medidas de protección social.

Como hemos señalado, esta cláusula da al trabajo un valor constitucional y además va a impregnar otros tantos derechos que se reconocen a lo largo del texto constitucional como el derecho a la salud, a la promoción del empleo, los derechos que confiere la vejez, etc.

3. Fuentes Internacionales del derecho del trabajo en el ámbito de la ONU.

En el ámbito internacional encontramos distintos textos, las declaraciones o convenios internacionales en materia laboral aparecen caracterizados por su muy distinta eficacia, alcance y contenido.


En el ámbito de la ONU, destacamos las siguientes normas:

1) Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948.
Punto de referencia y modelo de las declaraciones posteriores, supone una primera aproximación al catálogo de derechos humanos fundamentales. En materia laboral proclama el derecho a la seguridad social, el derecho al trabajo y a su libre elección, a una remuneración suficiente y equitativa, el derecho a la sindicación…

2) Estatuto del Refugiado, 1951.

3) Pactos Internacionales de Derechos Humanos, 1996, integrado por:

- Pacto Internacional de Derechos civiles y políticos. En su articulado recoge casi exclusivamente, derechos políticos. En materia laboral cabe destacar la prohibición del trabajo forzoso y el derecho a la sindicación.
- Pacto Internacional de Derechos económicos, sociales y culturales. Contiene de derechos de contenido laboral, tanto en su vertiente individual (derecho al trabajo, prohibición de discriminación…) como colectiva (derecho a la libre sindicación).

4) Organización Internacional del Trabajo.
Nace en el seno de la ONU y se centra en la acción legislativa internacional en cuestiones de trabajo. Se caracteriza por el tripartismo, es decir, participación por igual de gobiernos, trabajadores y empresarios.
Su finalidad es política en cuanto al aseguramiento de bases sólidas y permanentes a la paz universal, humanitaria, eliminando las condiciones de trabajo injustas.
Lo más importante son los Convenios de la OIT. Los convenios son por una parte, normas mínimas, es decir, las normas contenidas en ellos no pueden menoscabar cualquier ley, sentencia, costumbre o acuerdo que garantice a los trabajadores las condiciones más favorables. Por otra parte normas flexibles, teniendo en cuenta la situación de cada país.
De entre todos los convenios, cabe destacar:
Convenio nº 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.
Convenio nº 98 sobre derecho de sindicación y negociación colectiva.

Una vez incorporado un convenio en el ordenamiento jurídico interno, éste vinculará a los órganos del estado.

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