martes, 24 de marzo de 2009

Corbacho vigilará a las empresas con nuevas ayudas para empleo

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aplicará “una clave especial” a los contratos de trabajo de las empresas que, por esta razón, se beneficien de las ayudas al empleo recogidas en el último paquete de medidas urgentes que ha puesto en marcha el Gobierno para intentar fomentar la ocupación y mejorar la protección por desempleo.El objetivo de esta medida es “hacer un seguimiento de los contratos para ver si se cumplen las condiciones” puestas por el Gobierno para que las empresas puedan beneficiarse, sobre todo, de las bonificaciones a las cotizaciones recogidas en el Real Decreto Ley, según informó ayer José Luis Villar, director general de Trabajo.Villar, que intervino en un seminario de la Asociación de Periodista de Información Económica (APIE), anunció que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social acudirá a la empresa cuando del cruce de datos de la Administración descubra un incumplimiento por parte de la empresa.En el caso de que Trabajo compruebe que, efectivamente, la empresa ha incumplido las condiciones del Real Decreto “tendrá que devolver las bonificaciones y, además, hará frente a otras sanciones”, contenidas en la normativa.Algunas de las medidas que contienen ayudas a las empresas son las siguientes: en primer lugar, una bonificación del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias [enfermedades comunes] de los trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo, con un límite máximo de 240 días. En estos casos, el empresario debe comprometerse a mantener el empleo durante un año después de la suspensión.En segundo lugar, y para fomentar la contratación de parados, la empresa que contrate a una persona con prestación, podrá bonificarse el 100% de la cuota empresarial de la Seguridad Social de ese trabajador, hasta alcanzar como máximo el equivalente del importe que tuviera pendiente de percibir a la fecha de entrada en vigor del contrato con un máximo de duración de la bonificación de tres años. También aumentan las subvenciones para la contratación a tiempo parcial

En el mismo seminario, el director general de la Tesorería de la Seguridad Social, Javier Aibar, informó de que, como consecuencia de la recesión económica, los aplazamientos de pago de la deuda al sistema de protección por cotizaciones sociales ha crecido un 30% en los dos primeros meses del año y respecto al mismo periodo de 2008. Precisamente, en el conjunto del año pasado, los aplazamientos crecieron un 13%.El dato refleja, además, la extensión del impacto entre los autónomos y las pequeñas empresas, pues el 96% de esta deuda aplazada con la Seguridad Social no supera los 30.000 euros. No obstante, el secretario de Estado, Octavio Granado, puntualizó que, por el momento, el pago diferido de la deuda supone dos mil millones de euros, frente a un presupuesto total de 125.000 millones. “Aplazar no significa no pagar”, concluyó.

Fuente: dia a dia
(24/03/2009)

lunes, 23 de marzo de 2009

Respuestas preguntas semana 16-20 Marzo

Pregunta 1:

La respuesta correcta es la d) ya que el trabajo a domicilio ,cuya unica especialidad es el lugar de trabajo ,NO es una relacion laboral especifica ya que dicha relacion cumple con todas las caracteristicas propias del trabajador y en concreto con la de la ajeneidad puesto que efectivamente la titularidad de los medios de produccion ,tales como las materias primas son del empresario ,el cual las entrega a los trabajadores tras documentarlas en un documento de control del trabajador.ademas el trabajador debe seguir las ordenes de direccion y organizacion que dicta el empresario para el cual trabaja.

Pregunta 2:

a) Falso: Se aplicará la nueva ley o el nuevo convenio colectivo siempre frente al antiguo: es el criterio de modernidad frente a normas de distinto rango.

b) Falso: Sí existen limitaciones a la retroactividad de las normas laborales

c) Verdadero: Este es el supuesto en el que va a regir la condición más beneficiosa, y lo hará tanto si la norma era expresa o tácita.

d) Falso: La norma aplicable cuando el contrato ha atravesado varias modificaciones será aquella que esté vigente en cada momento en que surja un conflicto.

Pregunta 3:

a) Falsa. Estos elementos son posibles indicios de la presencia de dependencia como requisito previo característico de la laboralidad de una relación.

b) Verdadero. La persona física que se incardina en el consejo desarrolla funciones cuya razón de ser es la de cumplir la voluntad societaria, por ser su encarnación y, por tanto, quien así actúa lo hace como empresa, en nombre y representación de ésta, formando parte del órgano que opera como representativo de la empresa constituida en forma jurídica de sociedad, por lo que no puede considerarse existente una relación laboral.

c) Falso. Una de las especialidades mas significatovas de la relación laboral de un representante mercantil es la regulación especial de la extinción que , por un lado , exige al trabajador un plazo mayor de preaviso si queiere abandonar por la importancia de la funcion que desempeña y por otra parte , si la extinción es fruto de la voluntad empresarial, da lugar a una indemnización especial , llamada “indemnización por clientela”.

d) Verdadero. Se consideran como peculiaridades especiales el ámbito en el que se desarrolla la relación laboral (los despachos) en el que aparece una relación triangular entre el titular del despacho, el cliente y el abogado, que condiciona el desarrollo de la relación laboral entre los abogados y los despachos, y las condiciones en que aquellos tienen que desarrollar su actividad laboral, en la medida en que , además de las normas laborales que resulten de aplicación, a los abogados se les aplicarán las normas que rigen la profesión, incluidas las estatutarias, éticas y deontológicas.

Hirsch veut investir 1,5 milliard d'euros pour l'embauche des jeunes

Alors que l'Elysée avait fait part de son inquiétude concernant les retombées de la crise économique sur les 16-25 ans, le haut commissaire à la jeunesse Martin Histch a détaillé, dimanche 22 mars, certaines des propositions qu'il entend formuler pour faciliter l'accès des jeunes à l'emploi. M. Hirsch propose ainsi de dépenser 1,5 milliard d'euros pour financer l'embauche et le salaire de 100 000 jeunes en contrats en alternance – qu'ils soient d'apprentissage ou de professionnalisation – pour une durée de deux ans.Selon M. Hirsch, il s'agit de "la meilleure formule pour tout le monde", même s'il a reconnu que le Medef n'était "pas très chaud". Les employeurs bénéficient déjà d'une exonération de cotisations lorsqu'ils embauchent un jeune en apprentissage ou en contrat de professionnalisation, et ils peuvent faire prendre en charge les coûts pédagogiques par les fonds de la formation continue.Martin Hirsch doit présenter l'ensemble de ses mesures, mardi, lors d'une réunion de concertation. Il avait déjà laissé entendre qu'il placerait haut la barre financière. "Il faut trouver des réponses qui soient quantitativement à la hauteur du choc qu'il va y avoir", avait-il notamment assuré dans Le Monde, vendredi, estimant que si rien n'est fait et que les entreprises n'embauchent pas "le chômage des jeunes augmentera de 95 000 à 200 000". Parmi les autres pistes évoquées par le haut commissaire figurent une prime pour les jeunes en recherche d'emploi, une implication plus grande du Pôle emploi, des régions et des collectivités locales pour les jeunes en alternance ou des nouvelles mesures pour les emplois aidés.Cette dernière possibilité a également été évoquée par la ministre de l'économie, Christine Lagarde, qui estime qu'il faudra "financer plus d'emplois aidés que nous en avons financés en 2008". L'enveloppe des contrats aidés a été augmentée de 100 000 pour atteindre 330 000 dans le projet de loi de finances pour 2009, mais le gouvernement a dit que ce chiffre pourrait être revu à la hausse.L'annonce de ces mesures intervient alors que les nouvelles inscriptions au chômage pour le mois de février doivent être publiées, mercredi. Avant ces chiffres, la situation est déjà critique dans certains quartier, si l'on en croit une note gouvernementale publiée par Mediapart. Selon ce document, le nombre de jeunes inscrits au chômage dans certaines zones urbaines sensibles (ZUS) a progressé de 57,2 % entre janvier 2008 et janvier 2009, et doublé pour ceux qui ont au moins un bac +3 . Plus grave, des antennes du Pôle emploi s'inquiètent que "le nombre de diplômés laissés-pour-compte dans les ZUS augmente encore plus vite que les non-diplômés".

Fuente : Le monde
(22/03/2009)

¿Donde estan los sindicatos?

La recesión ha tocado de lleno el empleo,pero los sindicatos mayoritarios aún no consideran que sea el momento de alzar la voz, de salir a la calle para reclamar al presidente del Gobierno una cura urgente, medidas de auxilio ante el constante goteo de regulaciones de empleo, cierre de negocios y desastres varios. Hay que recordar que por menos montaron más de una huelga general y si no que se lo pregunten a Felipe Gónzález, que soportó cinco o a José María Aznar, que tampoco pudo evitarlas. Pero ahora, con prácticamente cuatro millones de parados y lo que te rondaré, parece que no toca abrir la boca. Los sindicatos mayoritarios UGT y CC.OO. han pasado de recibir subvenciones de 10,5 millones de euros en 2004, cuando el PSOE de Zapatero llegó al poder, a casi 15 millones de euros en 2009, suculentas ayudas que utilizan las centrales españolas para subsistir porque la escasa afiliación que hay en España no les permite muchas alegrías. Están todavía muy lejos del compromiso sindical que existe en países como Alemania o la vecina Francia. Pero algo parece que les queda para pagar millonarias charlas a personajes públicos erigidos en salvadores del mundo, en defensores de la justicia a ultranza. Ahí están los números y también su uso. Ahora toca reflexionar.

Fuente: ABC

Corbacho elogia la "alta responsabilidad" de los trabajadores de Seat

El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, destacó hoy la "alta responsabilidad" que han demostrado los trabajadores de Seat esta semana, cuando han ratificado por referéndum una propuesta de UGT de congelar sus salarios en 2009, todo ello con el propósito de garantizar la producción de sus plantas catalanas y lograr captar el Audi Q3.

En rueda de prensa desde Tarragona, donde Corbacho participa en la escuela de invierno del PSC, dijo que los empleados de Seat "no han dudado en tomar medidas de contención de sus salarios, en beneficio del tejido productivo" de la empresa, pero sobre todo, "lo más importante, por facilitar y permitir" que finalmente el nuevo todoterreno se acabe produciendo en Martorell (Barcelona)

Corbacho no entró a valorar las declaraciones del presidente de Seat, Erich Schmitt, quien aseguró que la congelación salarial que propone la empresa para garantizar la competitividad de la planta de Martorell (Barcelona) y adjudicarse el Audi Q3 es de dos años de duración, por encima de la que ratificaron los trabajadores en referéndum: congelación salarial durante 2009 y un aumento del 50% del IPC previsto para 2010.

jueves, 12 de marzo de 2009

Preguntas semana 9 de Marzo

1. En relacion al trabajo a domicilio recogido en el Art.13 del Estatuto de los trabajadores:

a)Se trata de una relacion laboral especial puesto que la titularidad de los medios de produccion,tales como las materias primas, son del empresario.
b) Se trata de una relacion laboral especial.
c) No se trata de una relacion laboral especial a pesar de que la titularidad de los medios de produccion ,tales como las materias primas ,no sean del empresario.
d) Todas las anteriores son falsas

2. Señale la opción correcta respecto los conflictos de normas sucesivas:

a) Los nuevos convenios colectivos están obligados a mantener los derechos adquiridos respecto de los trabajadores en la anterior normativa.
b) Se reconoce la plena reversibilidad de las normas laborales sin limitaciones.
c) La condición más beneficiosa individual rige cuando un contrato de trabajo contempla un acuerdo que posteriormente es modificado por una ley.
d) La norma aplicable para un contrato que ha atravesado varias modificaciones será la vigente en el momento de la perfección del contrato.

3. En la determinación del concepto de trabajador, señale cuál o cuáles de la siguientes opciones son correctas:


a) La determinación de un horario, el lugar de prestación, la asiduidad de la prestación así como la posible exclusividad de los servicios prestados son claros indicadores de la existencia de ajeneidad.
b) Según la “teoría del vínculo” el consejero viene a integrarse en el órgano que asume y contiene la titularidad jurídica de la sociedad , es decir, “ el órgano frente a cualquier tercero es la sociedad”.
c) Las especiales características de los representantes mercantiles otorgan a estos la posibilidad de avisar a su empleador con un menor plazo de preaviso en el caso de que quieran abandonar su posición.
d) En los despachos de abogados aparece una relación triangular entre el titular del despacho, el cliente y el abogado.

sábado, 7 de marzo de 2009

Avance en materia de trabajo autónomo

El Consejo de Ministros aprobó, a petición del Ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, el Real Decreto por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de Contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro.

Se crea, además, el Registro estatal de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos.

El reconocimiento y regulación de la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente es uno de los aspectos más novedosos del Estatuto del Trabajo Autónomo aprobado en la Ley 20/2007.

Se considera trabajador autónomo económicamente dependiente aquél que realiza una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para un cliente del que recibe, al menos el 75% de sus ingresos por rendimiento del trabajo y de actividades económicas o profesionales y en el que concurren las restantes condiciones establecidas en el Estatuto del Trabajo Autónomo.

A partir de la regulación de este contrato, un importante número de trabajadores autónomos podrán regularizar su situación, sobre todo de aquellos que se encuentran en actividades como el transporte, seguros y agentes comerciales y reúnen las condiciones mencionadas.

El contenido del Real Decreto se divide en dos partes: Regulación del trabajador autónomo económicamente dependiente y Registro estatal de Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.

I. Regulación de la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente

Se regulan las características de los contratos suscritos por el trabajador económicamente dependiente y su cliente:

1.- Se subraya la naturaleza civil, mercantil o administrativa de la relación entre el autónomo económicamente dependiente y su cliente. En ningún caso, se trata de una relación laboral.

2.- Se clarifican los criterios para la determinación de la condición de trabajador autónomo económicamente dependiente, lo que refuerza la seguridad jurídica del autónomo y de quien le contrata.

3.- Es necesario que el trabajador autónomo económicamente dependiente comunique a su cliente tal condición en el momento de celebrar el contrato.

4.- Se establece el contenido mínimo del contrato suscrito entre el autónomo económicamente dependiente y su cliente. Este incluye, entre otros aspectos: la determinación de la jornada, los descansos y la interrupción anual de la actividad, de al menos 18 días hábiles, así como, el acuerdo de interés profesional que resulte de aplicación.

Además deberá hacerse constar expresamente que el trabajador autónomo reúne los requisitos para adquirir la condición de económicamente dependiente respecto del cliente con el que contrata.

Se regula también el Registro en el que deberán inscribirse estos contratos: el contrato deberá ser registrado por el trabajador autónomo económicamente dependiente en el plazo de diez días hábiles desde su celebración.

Por último, se establecen las especificidades de este tipo de contratos para determinados colectivos (agentes de seguros, agentes comerciales y transportistas).

II. Registro estatal de Asociaciones profesionales de trabajadores Autónomos

Este Registro tiene carácter único para todo el territorio español y depende orgánicamente del Ministerio de Trabajo e Inmigración y está adscrito a la Dirección General de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y de la Responsabilidad Social de las Empresas.

En él deberán inscribirse y depositar sus estatutos todas las Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos que desarrollen su actividad en el territorio del Estado. Y quedarán excluidas aquellas que desarrollan principalmente su actividad en una Comunidad Autónoma, es decir, cuando más del 50% de sus asociados tiene su domicilio en un mismo territorio autónomo.

El registro es muy relevante para con posterioridad medir la representatividad de las Asociaciones de Autónomos que formarán parte del futuro Consejo del Trabajo Autónomo.



Fuente: Diario Jurídico